Si por necesidades técnicas o de movilidad no pudieran realizarse obras y trabajos de construcción, modificación, reparación o derribo de edificios o infraestructuras, etc... en su horario habitual (laborables de 8:00 a 22:00), podrá autorizarse su realización en horario nocturno y/o en festivos, siempre que se justifique el motivo de no poder realizarlas en el horario establecido.
Quién lo puede solicitar
Persona interesada o si es una persona distinta a la interesada, con el documento de "autorización representación" y copia del DNI de la persona representada.
Requisito: se debe realizar la solicitud con 1 semana de antelación